HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA
VISTO: El informe elaborado por la Jueza Catalina Fulcheri y el Juez Bautista Taro, quienes oficiaron como árbitros del encuentro entre los equipos 9 de Julio de Junín (local) y Los Indios de Junín (visitante), programado para el día 14 de julio de 2024 correspondiente al torneo Pre-Federal U17, organizado por esta Federación.
En dicha presentación los árbitros designados para el encuentro informaron lo siguiente: “que, finalizando el tercer cuarto del partido arriba mencionado, el Sr. PONTELLI JUAN PABLO (presidente del Club Los Indios) se levantó del lugar donde se encontraba sentado como espectador y se acercó a mi compañero, quien se encontraba en su posición de Líder sobre la línea final de terreno de juego, gritando a viva voz y de forma efusiva detrás de mi compañero: ‘ES FOUL, ES FOUL, ES FOUL DEL 15’ , por lo cual se procede a frenar el partido y retirarlo de estadio. En este momento el Sr PONTELLI, J.P se refiere a mi compañero diciendo: “¿A MI ME VAS A SACAR?”.
Luego de esta situación el sr PONTELLI, J.P se retira del estadio y el partido continúa con normalidad.
Que el día 17 de julio del corriente año, el presidente del Club Los Indios de Junín, Juan Pablo Pontelli, presentó una nota como descargo en donde sostuvo: “en ese momento me encontraba junto a tres personas mirando el partido y tomando mates sentados sobre uno de los fondos de la cancha. Solamente fue un reclamo hacia el árbitro Bautista Taro que se encontraba de espalda, en relación a una situación que a mi parecer un jugador del Club 9 de Julio, estaba cometiendo una infracción (lo tomaba con su mano) sobre un jugador del Club Los Indios de manera reiterada.
Para completar; el árbitro Taro estaba de espalda y probablemente al girarse hacia el grupo me toma como referente siendo conocidamente el presidente del club, a diferencia de las demás personas que probablemente el mencionado árbitro pueda ver en algún partido solamente, y que al momento que me pide de retirarme de la cancha, totalmente sorprendido por la situación insignificante e irrelevante, le manifiesto todavía sentado en el mismo lugar: “Si me iba a sacar de la cancha por esto”.
Respetando su decisión, sin generar ninguna situación de conflicto me retiré de la cancha y no volví hasta su finalización, incluso cuando ya se habían retirado ambos árbitros.
Desde hace 5 años represento a este ‘Club de Barrio’, habiendo tenido también mi formación como jugador; con más de 150 jugadores en la actualidad, realizando un esfuerzo enorme, cumpliendo el sueño de haber jugado por primera vez en la historia el Torneo Federal de Mayores 2024, dando la posibilidad de participar con la mayoría de las categorías formativas a nivel Provincial y Nacional en los últimos años (U12/U13/U15/U17 MASCULINO y U13/U15 FEMENINO) y además como sucede en la gran mayoría de las instituciones, me ocupo de ser delegado como de la gran mayoría de las cosas complementarias para que los partidos se puedan llevar a cabo.
Lejos de mis pensamientos y manera de actuar; desde mi época como jugador durante 40 años y ahora como presidente del club de mis orígenes, mi conducta en cualquier cancha no ha ido más allá de un simple reclamo de algún fallo por interpretación y/o por conocimiento de este deporte del cual tanto me apasiona. Le dedico a este deporte muchas horas de mi vida personal y profesional con la sola intención de aportar ideas, conocimiento y experiencia junto a los demás partes integrantes de la actividad (jugadores, entrenadores, árbitros y dirigentes de otros clubes).
Para terminar, quiero expresar mis más sinceras disculpas y respeto al H.T. Disciplina y me comprometo a hacer llegar las mismas consideraciones a los Árbitros Bautista Taro y Catalina Fulcheri; no fue mi intención incomodarlos, solamente un reclamo sobre una situación particular e insignificante para el desarrollo del partido, como tantas que suceden a diario en cada torneo en disputa”.
Y CONSIDERANDO: Que sentado lo expuesto, este Tribunal entiende que la situación informada por los Jueces no amerita ninguna sanción disciplinaria más allá de la determinación que éstos adoptaron en el encuentro.
En efecto, no se observa en las conductas informadas ninguna situación de gravedad que encuadre en las previsiones del Código de Faltas de la CABB.
En virtud de todo lo expuesto, el Honorable Tribunal de Disciplina RESUELVE:
Tener presente el informe efectuado por la Jueza Catalina Fulcheri y el Juez Bautista Taro y establecer que, de su contenido, no se desprende ninguna circunstancia que amerite la intervención de este Honorable Tribunal de Disciplina.
Notifíquese por Secretaría.